Julio de 2011
El miércoles
13 de julio de 2011, el mandatario Felipe Calderón adelantó que el Congreso
tenía 180 días a partir de dicho día para promulgar la “Ley General para
Prevenir y Sancionar la Trata de Personas”, en la que se unificará la forma en
que las autoridades de todo el país combaten este delito.
Miles de
niños, hombres, mujeres, ancianos y migrantes son obligados a prostituirse o a
trabajar en condiciones de esclavitud en México a través de la trata de
personas, según lo señaló el mismo Calderón y promulgó reformas a los
siguientes artículos:
Artículo 19
- obliga a los jueces a dar prisión preventiva a los acusados de cometer este delito, lo que impedirá que el imputado salga bajo fianza, escape o tome venganza contra quien lo denuncia.
Artículo 20
- garantiza el anonimato de las víctimas que hayan padecido o denunciado el delito.
"Quien
escapa de las redes del tráfico corre un riesgo, es importante que pueda dar su
testimonio a las autoridades y a la sociedad sin que corra riesgo"
(Calderón, 2011 en CNNMéxico, 2011).
La reforma en
el artículo 20 nos parece importante, pues hasta antes de ésta, las víctimas no
tenían derecho a la reserva de su identidad, lo que también las convertía en
objeto de señalamientos, incomprensión y rechazó de la sociedad. Dichas
reformas proveen de nuevas herramientas legales para combatir la trata de
personas.
Abril de 2012
La Cámara de Diputados aprobó la nueva ley
contra la trata de personas, que prevé penas de hasta 40 años de prisión a
quienes exploten o abusen sexualmente de menores de 18 años de edad. La
legislación también crea un fondo para la atención de víctimas, y señala que se
debe reparar el daño de manera integral, adecuada y eficaz, proporcional a la
gravedad del daño causado (Notimex, 2011 en CNNMéxico, 2011).
Se trata del decreto que
expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en
Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas
de estos Delitos. Para el cual se entendió por explotación: “Los abusos
laborales, trabajos o servicios forzados, explotación de la prostitución u
otras formas de explotación sexual, matrimonios forzados o serviles, esclavitud o prácticas afines a la esclavitud, servidumbre y
adopciones ilegales”. Asimismo, “corrupción de personas menores de 18 años,
turismo sexual infantil, pornografía infantil, explotación de la mendicidad
ajena y alquiler de personas con el mismo fin, venta de persona o tráfico de
órganos, tejidos o sus componentes” (CNNMéxico).
El dictamen
destaca que se impondrá una pena de 20 a 40 años de cárcel al padre, madre,
tutor o persona con autoridad que entregue de forma ilegal o mediante adopción
a una persona menor de 18 años para que sea abusada o explotada sexualmente. También deberá pagar de 2,000
a 20,000 días de multa.
Referencias:
ADNPolítico.
(Abril de 2012). Trata de
personas. Los diputados aprueban ley que castiga con 40
años la trata. Recuperado de http://www.adnpolitico.com/2012/2012
/04/27/los-diputados-aprueban-ley-que-castiga-con-40-anos-la-trata
CNNMéxico. (julio de 2011). México reforma la Constitución para combatir la trata de personas. Recuperado de http://mexico.cnn.com/nacional/2011/07/13/mexico-reforma-la-constitucion-para-combatir-la-trata-de-personas
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